LOS CONTRATOS DE OPERADOR DE NOMBRES DE DOMINIO DE INTERNET DESDE EL PUNTO DE VISTA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.

Sección Nacional
01 de Marzo de 2019

La comercialización de los nombres de dominio de internet genéricos de primer nivel exige, según el sistema diseñado por la Internet Corporation for Assigned Names and Numbers, la realización de varios tipos de contratos. Uno entre la Corporación y el operador de registro, para la delegación; otro entre el operador de registro y los registradores;  y un tercero entre estos y los destinatarios finales. Cuando el operador de registro es una administración pública española, el primero de estos contratos debe calificarse, necesariamente, como un contrato privado, a la luz de la Ley de Contratos del Sector Público, mientras que el segundo es uno de los negocios excluidos de la misma.

Palabras clave
Internet, nombre de dominio, contratos públicos, precio público, precio privado.
Key Words
Internet, domain name, public contracts, public price, market private price.