COMENTARIO A LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 12 DE DICIEMBRE DE 2014. CONCURSO DE ACREEDORES. INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 84.4 LEY CONCURSAL RESPECTO DE LOS CRÉDITOS CONTRA LA MASA DE LA ADMINISTRACIÓN
Reseñas de Jurisprudencia
06 de Septiembre de 2017
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